El TSJC reafirma que el spot de la Plataforma pro selecciones catalanas debía suspenderse cautelarmente como pidió C's

Actualizado: jueves, 19 julio 2007 21:08

BARCELONA, 19 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) confirmó hoy que el anuncio de la Plataforma Pro Selecciones deportivas catalanas, en el que aparecían dos equipos infantiles con camisetas similares a la de la selección catalana y española, debía suspenderse cautelarmente, como ya decretó el pasado mes de octubre el Juzgado Contencioso Administrativo número 9 de Barcelona, después de que C's hubiera presentado un recurso contra la emisión del spot.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso administrativo del TSJC ha rechazado el recurso de apelación del Consell de juzgado contencioso administrativo.

La suspensión cautelar se decretó después de que C's presentara un recurso contencioso-administrativo, al considerar que el spot no podía emitirse por televisión porque vulneraba los derechos de la infancia.

C's había pedido antes la retirada del spot al CAC, pero éste denegó a través de un acuerdo administrativo --el nombre de los dictámines del Consell de l'Audiovisual-- esta petición. El CAC argumentó que la normativa vigente en materia de derechos de la infancia no era suficiente para prohibir el anuncio, por lo que debía primar el derecho a la libertad de expresión.

El juzgado contencioso administrativo decidió suspender cautelarmente el anuncio hasta resolver el recurso de C's --aún pendiente de resolución-- y argumentó que existían posibilidades "razonables" de que el spot tuviera "efectos negativos" sobre la infancia. En el proceso para dictar el auto de suspensión cautelar, no se convocó al CAC para que aportara su versión.

Si el anuncio se siguiera emitiendo hasta la resolución del recurso de C's y la sentencia fallara a favor de éste, los daños podrían ser, argumentó el juzgado, de "imposible reparación", por lo dictó que se suspendiera cautelarmente.

Después de que el CAC apelara esta decisión judicial al TSJC, el alto tribunal falló el pasado 13 de junio en contra del recurso del Consell de l'Audiovisual de Catalunya, reafirmando la suspensión cautelar del anuncio, aunque las partes implicadas no tuvieron conocimiento de la sentencia hasta ayer.

No obstante, el Juzgado Contencioso Administrativo número 9 de Barcelona aún debe pronunciarse sobre el recurso de C's, es decir, dictaminar si los contenidos del anuncio respetan o no los derechos de la infancia y, en consecuencia, si pueden emitirse por televisión.

No obstante, C's aseguró hoy que "ha ganado" el "pleito judicial" que mantenía con el CAC, mientras que fuentes del Consell de l'Àudiovisual insistían en que la sentencia sobre la suspensión cautelar "no tiene nada que ver" con el "fondo" del recurso y en que la justicia aún debe dictaminar si el anuncio "puede emitirse o no" por televisión.