(Ampli) La juez acuerda instruir por el procedimiento del jurado el asesinato de una joven brasileña en Pamplona

Actualizado: jueves, 31 enero 2008 17:39

La fiscalía imputa un delito de asesinato y la defensa califica los hechos como homicidio imprudente

PAMPLONA, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Pamplona ha acordado continuar la instrucción de la muerte de la brasileña Tatiele de Sousa Neres, supuestamente acuchillada el pasado 18 de enero en la capital navarra por su pareja, Thiago Rosa Da Silva, por el procedimiento del tribunal del jurado, informó el Tribunal Sueprior de Justicia de Navarra.

Esta decisión ha sido adoptada por la magistrada tras la celebración de la comparecencia prevista en la Ley del Jurado para concretar las imputaciones.

En ese acto, el fiscal manifestó que los hechos atribuidos al imputado, también de origen brasileño, son constitutivos de un delito de asesinato, ya que según expone el auto, "de forma sorpresiva" asestó a su novia "una puñalada en el cuello" y, a continuación, "le clavó el cuchillo en dos ocasiones más".

El Ministerio Público expuso que sobre las cuatro horas del 18 de enero de este año hubo una discusión entre el imputado y su pareja, Tatiele de Sousa, porque él quería dejar la relación, "algo a lo que se negaba" la joven. En un momento dado, añadió el fiscal, "Thiago se dirigió a la cocina y, tras coger un cuchillo de grandes dimensiones, se encaminó a la habitación donde estaba Tatiele".

Según añade el auto, el acusado se acercó a la joven brasileña y de "forma sorpresiva" le asestó una puñalada en el cuello. "Tatiele se levantó instintivamente y el acusado le clavó el cuchillo en dos ocasiones más", agrega.

La defensa, por su parte, se opuso a la calificación de los hechos como delito de asesinato. A su entender, en todo caso, los hechos serían incardinables en un delito de homicidio por imprudencia. A su juicio, "los hechos sucedieron como consecuencia de una obcecación y un arrebato provocado por la víctima".

Tanto el Ministerio Fiscal como las partes personadas pueden interponer recurso de reforma contra la resolución en el plazo de tres días.