Un auto judicial ratifica la orden foral de Salud que limita aforos en hostelería y ve "adecuadas" las medidas

Palacio de Justicia de Pamplona.
Palacio de Justicia de Pamplona. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: lunes, 14 septiembre 2020 18:24

PAMPLONA, 14 Sep. (EUROPA PRESS) -

Un auto judicial del Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Pamplona ha ratificado este lunes la Orden Foral 42/2020, de 11 de septiembre, de la consejera de Salud del Gobierno de Navarra que reduce el aforo en espacios públicos y establecimientos hosteleros y establece una limitación al 50% en actividades sociales como ceremonias, velatorios y entierros, culto, mercadillos o centros de formación no reglada, entre otras medidas de carácter preventivo.

Según informó el Gobierno de Navarra el pasado viernes 11 de septiembre, estas medidas preventivas están destinadas a reducir la curva de contagios de Covid-19, en trayectoria ascendente en la Comunidad foral en las últimas semanas.

En este sentido, el auto judicial concluye que el objeto de las medidas es "intentar controlar la curva de contagios, y allanarla, así como sobre todo evitar que se tengan que tomar medidas mucho más restrictivas que limiten considerablemente la vida social y el ámbito económico".

En concreto, según ha informado el Gobierno foral, el auto indica que las medidas adoptadas son "idóneas, adecuadas y necesarias a los fines constitucionalmente legítimos que se pretenden". Asimismo, establece que estas medidas se centran en el ámbito social y familiar, donde de forma mayoritaria se están dando los contagios por Covid-19.

Finalmente, el auto señala que se entienden dichas medidas como "proporcionales y el sacrificio que suponen es, a su vez, ajustado a la situación de riesgo en la que se encuentra inmersa la sociedad".

Desde el Gobierno foral han remarcado que, desde el inicio de la pandemia del Covid-19, se han aprobado una serie de medidas al objeto de "preservar la salud pública del conjunto de la ciudadanía, en especial, de los colectivos más vulnerables".

En este sentido, el Ejecutivo ha señalado que los juzgados de lo contencioso-administrativo de Pamplona han ratificado todas las medidas, diez, remitidas por el Gobierno de Navarra. Se trata de las medidas de limitaciones de aforos de 13 de marzo, las tres medidas específicas sobre bajeras y piperos (mayo en la fase II, junio en la fase III y julio), las medidas relativas a Mendillorri, Tudela y Leitza, las relativas al uso de la mascarilla y cuatro confinamientos obligatorios a personas positivas que no querían aceptar su confinamiento.

Además, han rechazado una solicitud de suspensión de las medidas de las mascarillas presentada por la Asociación de consumidores Acus en el seno de un recurso interpuesto contra la Orden Foral que recoge estas medidas.

El Gobierno de Navarra ha "valorado muy positivamente" la decisión judicial y ha agradecido "el respaldo obtenido por parte de los jueces de los juzgados de lo contencioso-administrativo de Pamplona".

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