Condenan a 12 años de cárcel a un hombre que mató a 2 personas al circular en sentido contrario en Alicante

Actualizado: jueves, 11 febrero 2010 17:07

La defensa mantuvo que el acusado pensaba que estaba dentro de una película cumpliendo una misión

ALICANTE, 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

La sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un hombre, que padecía trastorno esquizoafectivo tipo bipolar, a un total de 12 años y cinco meses de prisión por conducir, el pasado 10 de febrero de 2008 en Alicante y durante más de 13 kilómetros, en sentido contrario y matar a un matrimonio que circulaba en su coche en la A-70, tras colisionar frontalmente los dos vehículos.

El tribunal también condena al procesado, Pedro D.A., a indemnizar a cada una de las hijas de los fallecidos con 80.000 euros, así como con 36.186 euros a los padres del matrimonio. Además, establece la sala una indemnización de 28.908 euros para el conductor de una moto que resultó herido en el accidente, y de 14.883 para su acompañante.

La sala, que considera al acusado responsable de un delito de seguridad de tráfico en concurso ideal con dos delitos de homicidio y dos delitos de lesiones, ha privado a Pedro D.A. del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante diez años.

Los hechos, que el acusado admitió el día de la vista, sucedieron cerca de las 13.40 horas del 10 de febrero de 2008 cuando el procesado conducía un turismo de su propiedad por la N-340 en dirección a Alicante y accedió a la autovía en sentido contrario al permitido en la ronda Este de Elche (Alicante).

Ya en la propia autovía, y circulando hacia Alicante, el acusado se colocó sobre el carril izquierdo, conduciendo en sentido contrario, "con el consiguiente desprecio" a la vida de los demás. En ese momento tuvo una primera colisión con un vehículo que finalmente pudo evitar el choque frontal.

Tras esto, Pedro D.A. continuó conduciendo por el carril izquierdo hasta que pasó a circular ocupando parte del arcén y del carril derecho, siguiendo su trayectoria "en sentido contrario y a velocidad elevada", sin evitar las posibles situaciones de peligro que se podrían derivar de su conducta, puesto que desde el inicio del trayecto "dispuso de tres enlaces de salida de la autovía" que no utilizó.

Ya a la altura de Alicante, el acusado colisionó frontalmente contra un vehículo ocupado por un matrimonio, que a su vez chocó contra una motocicleta ocupada por dos personas. Como consecuencia del accidente el matrimonio falleció en el acto y los motoristas resultaron heridos de distinta consideración.

El tribunal ha aplicado al procesado la eximente incompleta de enfermedad mental basándose en la declaración de los peritos forenses, que indicaron que con "la naturaleza de la enfermedad" del acusado, y "la frecuencia de los brotes, así como los antecedentes delirantes anteriores y el historial del ingreso tras el accidente", se puede establecer "con un elevado grado de probabilidad" que el paciente pudo actuar "mediatizado por su trastorno" el día de los hechos.

Sin embargo, la eximente no es total porque para la sala "no existen elementos de prueba que la justifiquen", puesto que, el acusado se lamentó de la catástrofe que había ocasionado "con conciencia del peligro que había creado", y que reconoció literalmente que "iba cagado de miedo".

Durante el juicio la defensa mantuvo la tesis de que el acusado, como "consecuencia del trastorno esquizofrénico de tipo bipolar y de larga evolución que padece", el día de los hechos "pensaba que se encontraba dentro de una película y que lo estaban filmando". Por eso, entró en la A-70 en sentido contrario, puesto que creía que "se encontraba realizando una misión que tenía que cumplir obligatoriamente".