Actualizado: jueves, 11 abril 2019 18:21

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía General del Estado ha anunciado este jueves que va a recurrir la decisión del juez instructor de inhibirse en favor de un juzgado específico de Violencia sobre la Mujer ante el caso de María José Carrasco, mujer aquejada de esclerosis múltiple en fase terminal a la que su marido ayudó a quitarse la vida. La Fiscalía entiende que éste no es un caso de violencia de género porque no existe un contexto de "dominación y discriminación " del hombre sobre la mujer.

Así lo ha avanzado la fiscal de Sala de Violencia sobre la Mujer, Pilar Martín Nájera, en una comparecencia convocada tras conocerse la decisión de la juez titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid, de derivarlo a uno de violencia contra la mujer.

"No compartimos ni la decisión ni los argumentos en los que se ha basado el juzgado para acordar la inhibición", ha declarado Martín Nájera, que ha dicho que, a juicio de la Fiscalía, en el caso de muerte de Carrasco "desde el primen momento ya concurren circunstancias y elementos" que "excluyen y eliminan" la violencia de género.

Nájera ha incidido en que la legislación y la doctrina del Tribunal Supremo es "clara" y para que se juzgue como un caso de violencia de género debe haber un contexto de "discriminación y dominación" del varón sobre la mujer. Sin embargo, según ha recordado, la propia Carrasco pidió de forma "libre y voluntaria" terminar con su sufrimiento, algo que finalmente ejecutó su pareja.

Para la fiscal, el juez de instrucción que se ha inhibido hace una "interpretación sesgada" de la doctrina del TS ya que justificó la derivación del caso a un juzgado específico de Violencia sobre la Mujer de acuerdo a la última doctrina marcada por el alto tribunal.

Lo que las sentencias del TS marcan, según ha apostillado Martín Nájera, es que no se considera violencia sobre la mujer de "manera automática" cuando la victima es mujer, sino que "es necesario que se dé el sustrato o contexto de discriminación, situación de desigualdad y dominación del varón sobre la mujer".

"No es un acto de violencia de género y por ello recurrimos", ha incidido Nájera, que considera que la valoración "sesgada" de las sentencias del Supremo se debe "posiblemente" a que no es un juez especializado. "Para apreciar que existe un delito de violencia sobre la mujer no es necesario un elemento subjetivo un móvil de humillación, pero no basta simplemente la relación entre hombre o mujer, sino que es necesario que esa relación sea de abuso, discriminación o dominación y yo creo que ese matiz es el que no ha atendido el juez de instrucción", ha recalcado.

En este sentido, ha afirmado que también la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género es "clarísima", al "igual" que la doctrina del Supremo, "diciendo que no es la relación o la diferencia de sexos sino precisamente esa situación de dominación que existe en la relación". "Creo que es claro que no se necesita ninguna reforma legal", sostiene.

Tras la derivación del caso a un juzgado de Violencia sobre la Mujer, ahora éste debe decidir si acepta o no la instrucción del caso de María José Carrasco. En el caso de que la rechace, surge una cuestión de competencias que deberá resolver un órgano superior, es decir, la Audiencia Provincial, según ha explicado Martín Nájera.

En este caso, la Fiscalía va a recurrir la inhibición antes de que haya llegado al juzgado de Violencia sobre la Mujer, por lo que si el juez de instrucción "no revoca su propia decisión", será la Audiencia la que resuelva el recurso planteado por la Fiscalía.

Preguntada por la posibilidad de que el juzgado de Violencia sobre la Mujer acepte quedarse con el caso de María José Carrasco y decida archivarlo, Martín Nájera no lo ha descartado, alegando que esto mismo podría suceder si se queda en manos de un juzgado de instrucción.

Por otro lado, desde el Observatorio de la violencia de género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no han querido pronunciarse sobre la decisión del juez de instrucción "por respeto a la independencia judicial", al menos hasta que haya una decisión del juzgado de violencia sobre la Mujer al que se ha derivado el caso de Carrasco.

MUJERES JUEZAS VE "POSITIVO" EL RECURSO

Por su parte, la socia fundadora de la Asociación de Mujeres Juezas, Carla Vallejo, ha afirmado que "técnicamente" de acuerdo a una "aplicación automática" y "rigorista" de la ley, este caso puede ser competencia del juzgado de violencia sobre la mujer.

No obstante, ha subrayado en declaraciones a Europa Press que en este caso "no cabe duda" de que no había "ninguna acción intencional de dañar o perjudicar" a la mujer ni ninguna "expresión de una situación de dominación machista".

"No está ni en el espíritu ni en la interpretación auténtica de las normas de violencia de género que un caso como este se enjuicio como caso de violencia de género", ha defendido, recalcando que es una cuestión de aplicación de perspectiva de género. En esta línea, ha valorado "positivamente" el recurso presentado por la Fiscalía.

A su juicio, aquí el debate es si este acto de suicidio asistido debe ser penado o no. En este sentido, ha abogado por reformas legales que saquen del Código Penal "supuestos tan sangrantes" como el de María José Carrasco.

En cualquier caso, ha aclarado que, de cara al tratamiento procesal del marido de María José Carrasco, será "exactamente el mismo" en uno u otro juzgado, o bien si se encarga la Audiencia Provincial. "Procesalmente no afecta. No se prevé ningún agravante adicional por el hecho de que lo lleve un juzgado de violencia sobre la mujer", ha apostillado, para después incidir en que que el hecho de que la instrucción lo lleve un tribunal u otro es "simbólico más que real".

MUJERES JURISTAS THEMIS: "NO TIENE CONSECUENCIAS"

En esta misma línea se ha pronunciado en declaraciones a Europa Press la presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, Ángeles Jaime de Pablo, quien ha asegurado que la derivación del caso a un juzgado de violencia contra la mujer "no tiene consecuencias materiales, ni de empeorar los derechos del acusado, ni una exigencia de responsabilidades más graves" para el marido de Carrasco.

Para Ángeles Jaime, este hombre "lo que ha hecho es ayudar a bien morir a su mujer". "Si yo fuera este señor me daría igual estar imputado en un juzgado de instrucción o en uno específico", ha subrayado, haciendo hincapié en que el acusado no tendrá "menos garantías". En opinión de la abogada, la cuestión clave en este caso es la falta de una regulación con "las suficientes garantías el derecho a una muerte digna".

Ángel Hernández, marido de María José Carrasco, reconoció los hechos y, en el marco de la investigación por un delito de auxilio o cooperación al suicidio, fue arrestado. Posteriormente, pasó a disposición de la jueza que estaba de guardia, la magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid quien acordó su puesta en libertad sin medidas cautelares.

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