La Junta de Andalucía acata el fallo del TS sobre Bachillerato y defiende la filosofía del Real Decreto anulado

Actualizado: miércoles, 11 marzo 2009 16:07

SEVILLA, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -

La consejera de Educación de la Junta de Andalucía, Teresa Jiménez, dijo hoy acatar la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que impide a los alumnos de primero de Bachillerato con tres y cuatro suspensos avanzar asignaturas de segundo curso, un fallo que anula el apartado del Real Decreto sobre las Enseñanzas Mínimas de Bachillerato del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Tras entregar en Sevilla los premios de dos concursos escolares convocados por la Junta para fomentar el aprendizaje de la geografía a través de la representación cartográfica, Jiménez dijo compartir en declaraciones a Europa Press el posicionamiento expresado por el Gobierno central en el sentido "de acatar el fallo y adaptar el Real Decreto a lo que establece la Ley Orgánica de Educación (LOE) y, por supuesto, a lo que ha dicho el TS".

En este sentido, confió en que el departamento de Mercedes Cabrera "modifique" este Real Decreto para que, desde la Junta de Andalucía, se lleve a cabo un seguimiento "paralelo" de "cómo tiene que ser cursado el Bachillerato".

No obstante, la responsable de Educación defendió que el apartado anulado por el Supremo "pretendía flexibilizar el Bachillerato, que es una enseñanza postobligatoria, modernizarlo y acercarlo a otros procedimientos y otros sistemas que ya existen, por ejemplo en la Formación Profesional", todo ello "sin bajar la calidad y sin bajar la exigencia".

"Esta idea es buena y tiene que seguir estando en el diseño de los nuevos Bachilleratos", según subrayó Jiménez, quien mostró su confianza en que el Ministerio "haga una adaptación nueva de ese objetivo y de ese concepto", al tiempo que señaló que, desde la Junta de Andalucía, "se cumplirá con lo establecido por la LOE y por todos los reales decretos" del departamento de Mercedes Cabrera.

LA SENTENCIA

Los alumnos de Primero de Bachillerato con tres y cuatro suspensos no podrán avanzar asignaturas de segundo, según una sentencia del Tribunal Supremo que estima un recurso de la Federación de Española de Religiosos de Enseñanza (FERE) y anula el apartado segundo del artículo 14 del Real Decreto de Enseñanzas Mínimas de Bachillerato.

El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, señala que la organización interpuso recurso por considerar este precepto contrario al artículo 36 de la Ley Orgánica de Educación (LOE) que determina que los alumnos promocionarán de primero a segundo de bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias "como máximo".

El Supremo considera así que "promocionar" significa "subir de categoría" y señala que la LOE no establece la matrícula condicionada de asignaturas de segundo que sí establece el Real Decreto en unión de la matrícula de las materias de primero con evaluación negativa".