El TS absuelve a un hombre condenado por tirar a su novia por el balcón

Actualizado: domingo, 18 julio 2010 13:22

MADRID, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre que había sido condenado por la Audiencia Provincial de Ávila con un tribunal de jurado a 17 años de prisión por haber arrojado a su novia de 17 años por el balcón el 25 de septiembre de 2005. El alto tribunal ve "dudas razonables" que cuestionan la enervación del derecho a la presunción de inocencia y cree que no pueden descartarse un suicidio o un accidente.

La pareja convivía desde hacía un año y "su convivencia fue mala, con desavenencias constantes, dándose gritos y oyendo los vecinos en ocasiones cómo lloraba la joven". La noche de los hechos, en un estado agudo de intoxicación etílica en ambos, él abrió la puerta, "llegando a lanzarse un bote de lentejas" y, posteriormente, sobre las siete de la mañana, él presuntamente la levantó por las piernas y la arrojó al vacío, lo que provocó su muerte.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Alberto Jorge Barreiro, ha considerado que, aunque el forense que compareció durante el juicio ve la opción del suicidio como la menos probable teniendo en cuenta el estado de embriaguez, no puede descartarse, más teniendo en cuenta que dos meses antes, y tras otra discusión con su pareja, la joven intentó suicidarse en condiciones muy similares.

En este sentido, la Sala ha señalado que la fallecida se encontraba en condiciones de pasear por la casa, pues fue ella quien abrió al recurrente y, además, en su cadáver no fueron hallados signos físicos evidenciadores de que esa noche hubiese sido agredida con anterioridad a la caída.

NO GRITÓ

Además, "nadie escuchó a esas horas, entre las 7 y las 7:50 de la mañana, chillar a la víctima, cuando lo razonable parece ser que gritara al percatarse de que el acusado la cogía por las piernas para arrojarla por encima del balcón".

En otro orden de cosas, ha considerado el Supremo que la sentencia del tribunal de jurado "no se ajusta a la prueba pericial del médico forense" pues recoge que éste dijo que "era imposible que ni siquiera intentara el suicidio" mientras que lo que realmente señaló fue que "de las tres posibilidades que hay, la más probable es la del homicidio, en segundo lugar la del accidente y en tercer lugar la del suicidio", pero no lo descartó.

Para solicitar la nulidad del proceso, el joven pidió varias pruebas que fueron denegadas por el Tribunal Supremo, tales como pruebas para determinar la presencia de alcohol etílico y sustancias psicotrópicas en el cuerpo --la Sala considera que queda avalado por las declaraciones de los testigos-- o la revisión de sus llamadas telefónicas para averiguar si mantenía relaciones con otras personas --para el TS carece de base indiciaria--.

También abogó por realizar una pericial psiquiátrica de la víctima --ya constan informes médicos-- y una prueba genética facilitada voluntariamente por el acusado con el fin de que fuese cotejada con el perfil del semen encontrado en las bragas que llevaba puestas el cadáver de la joven para comprobar si mantuvo relaciones con otro hombre el día de los hechos --el Supremo cree que es una mera conjetura--.

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