Interior prohíbe el uso del 'kubotan' y las pistolas Taser entre los mossos d'Esquadra en el primer reglamento de armas

BARCELONA, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Interior ha prohibido el uso de las pistolas eléctricas Taser y el 'kubotan' entre los mossos d'Esquadra, en dos instrucciones internas aprobadas hoy, lo que supone el primer reglamento global y específico sobre el uso de armas en la Policía catalana.

En las instrucciones se concreta que el equipamiento básico de los agentes está formado por la pistola, la defensa policial (porra) --que puede ser rígida, semirrígida o extensible-- y las esposas. Hasta ahora sólo existía una instrucción muy genérica.

Con ello, se dejan fuera del uso reglamentario las pistolas eléctricas Taser y el 'kubotan', un pequeño cilindro metálico, de unos 14 centímetros de longitud, con una punta redondeada que se usa como arma defensiva y se puede llevar como llavero. Aplicado sobre puntos de dolor en el cuerpo es útil para inmovilizar a personas en medio de tumultos, aunque es necesario un cursillo especializado para su uso.

El uso del 'kubotan' fue polémico hace unos meses cuando, en una manifestación de movimientos sociales alternativos en Barcelona, algunos agentes lo utilizaron contra los jóvenes que habían creado altercados.

También fue polémica el año pasado la compra de varias pistolas Taser, que fueron usadas en prácticas por los Grupos Especiales de Intervención (GEI) --grupo de élite de los Mossos--. Sin embargo, pocos meses después el conseller, Joan Saura, decretó que se encerraran en un armario hasta que se demostrase que estas armas no son dañinas.

En la instrucción 5/2008 se recuerda que, según la ONU, el uso de armas de fuego "se considera una medida extrema" y tiene que causar la mínima lesión posible a la persona contra la que se dispare.

Por ello, se insta a utilizarlas con los principios de "congruencia, oportunidad y proporcionalidad" y sólo en los casos en que se tenga que evitar un "daño grave, inmediato e irreparable" y en situaciones de riesgo racionalmente grave para la vida o la integridad física de los propios agentes o terceras personas y no se puedan utilizar otros medios.

Siempre que un agente desenfunde su arma en situaciones imprevistas tendrá que informar posteriormente a sus superiores y, cuando la dispare, le será intervenida la pistola y la munición.

Para realizar disparos intimidatorios, se hará en lugares donde las balas no puedan rebotar --por ejemplo a cielo abierto-- y en casos "muy justificados y excepcionales" y siempre que no haya cerca personas no involucradas, según explicaron a Europa Press fuentes de la Conselleria.

La instrucción también establece las normas básicas de seguridad en la manipulación de las armas en las dependencias policiales y en las galerías de tiro. Además, será obligatorio hacer prácticas de tiro como mínimo una vez al año.

PORRAS, ESPOSAS Y BRIDAS.

La otra instrucción, la 4/2008, regula el uso de las otras herramientas policiales, como las porras o defensas. En general, se potencia el uso proporcional, progresivo y oportuno de la fuerza. La orden establece que únicamente se pueden usar los utensilios suministrados por la Dirección General de la Policía como "dotación oficial".

En el caso de la defensa "o bastón policial", que puede ser rígida o semirrígida, se permite usarla para guardar la distancia de seguridad, realizar una reducción o una proyección --empujón--, parar golpes, como autoprotección y para controlar o conducir a una persona. Nunca se podrá utilizar sobre zonas vitales y principalmente se golpeará en las piernas.

La porra extensible sólo la podrán llevar algunas unidades policiales, mientras que la eléctrica --distinta a la pistola-- estará limitada a los GEI. Este grupo también será el único que podrá utilizar los sprays de defensa personal, tras un curso específico, ya que no es "un arma policial de uso general u ordinario" de los Mossos.

También se regula el uso de las esposas y las bridas. En el caso de las manillas metálicas rígidas sólo podrán ser utilizadas por las unidades en servicios específicos de traslados penitenciarios.