El Defensor del Pueblo recuerda el deber del Gobierno de regular la accesibilidad de los servicios VTC, según el Cermi

Un cohe con licencia VTC -Uber o Cabify- circula por Madrid
RICARDO RUBIO/EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: jueves, 27 diciembre 2018 20:11

MADRID, 27 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo ha recordado a la Secretaria de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, dependiente del Ministerio de Fomento, el deber del Gobierno de regular la accesibilidad de los servicios de vehículos de alquiler con conductor (VTC).

Así lo pone de manifiesto el Defensor del Pueblo en un escrito remitido al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), entidad que presentó una queja ante la institución dirigida en funciones por Francisco Fernández Marugán por la ausencia de un porcentaje mínimo de VTC accesibles.

En este sentido, el Cermi ha recordado que fue, a partir de la reclamación del Cermi, el Defensor del Pueblo instó oficialmente al Gobierno a establecer la obligación legal de que, al menos, el 10% de los vehículos VTC fuesen accesibles.

Según el Cermi, el Defensor del Pueblo explica que no comparte los argumentos aportados por la Secretaría de Estado, que expone que no puede aceptar la recomendación porque la regulación de las condiciones bajo las que deben prestar servicio este tipo de vehículos corresponde a las comunidades autónomas tras la modificación en septiembre de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres,

De este modo, el Cermi ha indicado que en su informe, la Secretaría de Estado apela también al carácter no público del servicio que prestan este tipo de vehículos de alquiler de conductor, como argumento para esgrimir la obligación de establecer un mínimo legal de VTC accesibles.

Sin embargo, el Defensor del Pueblo considera "poco claras y no convincentes" las razones de la Secretaría de Estado y apunta que en el informe remitido por la misma "no quedan puestos de manifiesto con la evidencia que requieren las circunstancias, los obstáculos competenciales para promover o instar una actuación que asegure a las personas con discapacidad la accesibilidad en estos vehículos equiparable a la que existe en otros ámbitos del transporte público".

Además, Fernández Marugán insiste en que aunque la competencia del Estado no fuera plena en este sentido, existen dispositivos legales que atribuyen a ese órgano el impulso de las medidas necesarias para alcanzar el objetivo propuesto.

En relación con el ámbito competencial autonómico para promover que las licencias VTC sean accesibles al que hace referencia el informe, el Defensor del Pueblo recuerda que las condiciones de accesibilidad forman parte del núcleo de condiciones básicas para el ejercicio de los derechos constitucionales, "lo que hace de este un asunto relativo a una competencia exclusiva del Estado, encargado de regular las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad".

Sobre la justificación de no intervención del Ministerio en las condiciones de accesibilidad de los vehículos VTC por no ser este un servicio público, Fernández Marugán apunta que "esta no es razón para no intervenir, puesto que las obligaciones en materia de discapacidad afectan a medios de transporte de uso público, sean o no de titularidad pública".

El Defensor del Pueblo cree que "no resulta admisible que las personas con discapacidad queden excluidas de la posibilidad de contratar estos servicios porque no haya vehículos adaptados suficientes", e insta a la Secretaria de Estado, Infraestructuras, Transporte y Vivienda a "reconsiderar su parecer a la luz de las consideraciones expuestas" y a la elaboración de un nuevo informe al respecto.

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